miércoles, 21 de abril de 2010

LLAMADO PARA DINAMIZADORES DE CEIBAL



MEMORANDO N° 513/10 del 5 de abril de 2010
DE: INSPECCIÓN TÉCNICA
ASUNTO: DINAMIZADORES DE CEIBAL
Ante la situación de varios departamentos que no han podido cubrir los cargos de Dinamizadores del Plan Ceibal, por no contar con aspirantes en las listas correspondientes, la Inspección Técnica realiza un llamado complementario a aspirantes que permita cubrir los cargos vacantes actuales o atender posibles suplencias que surjan en el correr del año. Este llamado es de aplicación únicamente para el año actual.
El docente que elija por este llamado, deberá ser orientado por el Inspector Referente de CEIBAL, en relación al rol a cumplir coordinando con el Mtro. de CTE posibles instancias de actualización en el uso de la XO.

LLAMADO COMPLEMENTARIO A ASPIRACIONES PARA PROVEER CARGOS DE MAESTROS DINAMIZADORES DE PLAN CEIBAL.
1°- Llámase a aspiraciones para la provisión en carácter interino o suplente al cargo de Maestro Dinamizador de Ceibal.
2°- Podrán presentarse al llamado los docentes que reúnan los siguientes requisitos:
2.1- Maestro efectivo o concursante con derecho a efectividad acreditando cursos sobre el manejo de XO con certificado expedido por CTE de Inspección Departamental, Instituto de Formación Docente, CERP, MEC, CEIBAL o participación en ferias CEIBAL departamentales o nacionales.
3°- Los aspirantes deberán presentar al momento de la inscripción la siguiente documentación:
3.1- Fotocopia de Cédula de Identidad y Carné de Salud vigentes.
3.2- Constancias de cursos relacionados con el manejo de las XO o de participación en ferias departamentales o nacionales de CEIBAL debidamente autenticados.

CRITERIOS DE ORDENAMIENTO DE ASPIRANTES

1-Maestros efectivos con más de 90 puntos en aptitud docente en el último año calificado.
1.1-Con tres o más cursos y/o participación en ferias de acuerdo con el art. 2°
1.2-Con dos cursos y/o participación en ferias de acuerdo con el art. 2°
1.3-Con un curso y /o participación en ferias de acuerdo con el art. 2°
2-Iguales criterios para los Maestros efectivos con más de 80 puntos en aptitud docente en el último año calificado.
3-Iguales criterios para los Maestros efectivos con más de 70 puntos en aptitud docente en el último año calificado.

ACLARACIÓN: En cada numeral los Maestros se ordenarán por Antigüedad Calificada.

4-Maestros Concursantes con derecho a efectividad ordenados con los criterios explicitados en los numerales: 1.1. 1.2 y 1.3

ACLARACIÓN: En cada numeral los Maestros concursantes mantendrán el orden obtenido en el concurso.

FIRMADO POR: Miguel Umpiérrez (Inspector Técnico)
Cristina González (Insp. General- Reg. N° 2)

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